El Gobierno habilitó a los adolescentes a sumarse a la "timba financiera" a partir de los 13 años

Economía

En momentos en los que la ludopatía crece a pasos agigantados entres los adolescentes, la Comisión Nacional de Valores adoptó una polémica decisión.

La Comisión Nacional de Valores habilitó este lunes a los adolescentes, a partir de los 13 años, a entrar al mercado de capitales. Así quedó plasmado en la Resolución General 1023/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida promete generar polémica ya que invita a los adolescentes a sumarse a la "timba financiera" en momentos en los que la ludopatía avanza a pasos agigantados en esa franja etaria de la mano de las cada vez más numerosas aplicaciones de apuestas deportivas.

Hasta ahora, los menores sólo podían abrir una cuentan en un banco e invertir el dinero en fondos comunes de inversión, pazos fijos y billeteras virtuales. Al igual que con las operaciones anteriores, para meterse en el mercado de capitales, los menores deberán contar con el permiso y asesoramiento de sus padres.

Entre los considerandos de la polémica medida se advierte que de esta manera se podrá "impulsar el desarrollo de nuevas iniciativas orientadas a promover diferentes herramientas e instrumentos que faciliten el acceso de los jóvenes al sistema financiero".

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"En virtud de ello, se propicia una reforma normativa orientada a incorporar un régimen especial para la apertura de subcuentas comitentes para jóvenes adolescentes, estableciéndose el alcance de las operaciones y requerimientos que deberán acreditarse en materia de representación legal del menor para que éstos puedan operar en el Mercado de Capitales", detalla la iniciativa.

Si bien la resolución entra en vigencia desde mañana, la resolución otorga un plazo hasta el 15 de noviembre de 2024 para que los Agentes y Depositantes en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) adecuen y presenten sus reglamentaciones ante la CNV para su aprobación.

Los adolescentes podrán abrir subcuentas comitentes acompañados de un representante legal, quién deberá presentar, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos:

  • Nombre y apellido completo
  • Domicilio real
  • Nacionalidad
  • Número de documento de identidad (DNI)
  • Correo electrónico

Con esas subcuentas los menores podrán realizar:

  • Operaciones de contado (valores negociables de renta fija y variable).
  • Operaciones a plazo, limitadas a caución colocadora.

Resolución General 1023/2024:

aviso_315259.pdf
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