La Justicia desplazó a Arroyo Salgado y ordenó que la causa por $LIBRA pase a Comodoro Py
La Cámara Federal de San Martín dispuso que sean la jueza María Servini y el fiscal Eduardo Taiano quienes investiguen a Javier Milei. El hijo de Taiano forma parte del gobierno libertario.
Hayden Mark Davis y Javier Milei.
La Cámara Federal de San Martín resolvió este jueves apartar a la jueza Sandra Arroyo Salgado y dispuso que la causa por la cripto estafa con el token $LIBRA de la que fue parte esencial para que se pudiera consumar el presidente Javier Milei, y ahora comenzará a tramitarse en los Tribunales de Comodoro Py.
Mediante una resolución emitida por la Sala I-SEC. Penal N° 1, se desplazó a la jueza federal de San Isidro Arroyo Salgado para que quede en manos de la jueza María Servini y el fiscal Eduardo Taiano. El hijo de Taiano forma parte del gobierno que encabeza Milei.
De esta manera, apeló la decisión de no hacer lugar a la declinatoria de competencia solicitada donde requerían que el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se inhiba de intervenir en el marco de la causa CFP N° 574/2025 y remita las actuaciones para ser acumuladas a la presente.
En el trámite de la vía impugnativa, el Fiscal General mantuvo el recurso interpuesto y "desistió de la práctica de la audiencia oral, expuso los motivos por los cuales la parte entiende que corresponde revocar la decisión adoptada en la instancia de origen y señaló distintos actos, a su criterio, no producidos y producidos en el proceso que otorgó el juzgado".
Entre los argumentos, señalaron que "el agente fiscal no impulsó de modo concreto y explícito la acción penal, que el juzgado realizó medidas en el expediente 'como si el impulso procesal otorgado por parte de la Fiscalía Federal N° 3 de CABA, resultara habilitante para que Jueces de ajena jurisdicción pudieran actuar en función de ello' y se quejó sobre la tardanza de la primera instancia para elevar este legajo de apelación a esta Cámara cuando 'la economía procesal y el evitar dispendios jurisdiccionales, imponían que la cuestión deba ser resuelta del modo más ágil posible'".
Además, agregó que, "ante la evidente identidad de hechos que están siendo investigados en dos jurisdicciones, resulta inconveniente que no se procure de modo inmediato resolver la asignación de competencia territorial y en cambio, se continúe produciendo diversas medidas de prueba, que incluso pueden estar siendo realizadas por los otros órganos que están interviniendo, con el consecuente dispendio jurisdiccional ya mencionado".
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