AFIP habilitó el pago en dólares de un impuesto: de cuál se trata

Sociedad

El organismo dio a conocer esta nueva regla que permite abonar con una transferencia internacional. Conocé todos los detalles en la nota.

Por primera vez, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite a los contribuyentes pagar un impuesto en dólares. Esta medida está orientada a quienes se inscriban en el Régimen Especial de Regularización de Activos, también conocido como blanqueo de capitales.

La AFIP, dirigida por Florencia Misrahi, publicó la Resolución General 5567/2024, que autoriza el pago adelantado del 75% del blanqueo a través de una Transferencia Bancaria Internacional (TBI) en dólares, así como el saldo restante.

Para el pago adelantado, la última transferencia debe completarse antes del 30 de septiembre si estás en la primera etapa del proceso. Además, tienes la opción de pagar en varias etapas.

AFIP habilitó el pago en dólares del blanqueo

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De ahora en más, el blanqueo se puede saldar con pagos en dólares.

De ahora en más, el blanqueo se puede saldar con pagos en dólares.

Los contribuyentes que deseen beneficiarse deben seguir el procedimiento especificado por la AFIP y asegurarse de que las transferencias se realicen desde el banco en el extranjero antes de las fechas límite establecidas para cada etapa.

También tendrán que abonar el saldo pendiente del impuesto especial y, si es necesario, pagar el monto restante del adelanto incrementado en un 100%, siguiendo el mismo criterio de las fechas de vencimiento.

El Régimen de Regularización de Activos, conocido como blanqueo de capitales, fue creado por la Ley 27.743. Este régimen está dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y otros residentes fiscales en Argentina hasta el 31 de diciembre de 2023, así como a ex residentes fiscales que perdieron esa condición antes de esa fecha.

Cómo realizar la transferencia

Para acceder al beneficio anunciado por el organismo, los contribuyentes deben seguir estos pasos:

  • Contactar con el banco en Argentina: El primer paso es establecer comunicación con la entidad bancaria donde se realizará la operación.
  • Generar la Orden de Transferencia: Deben especificar que el pago se realizará en dólares estadounidenses. La transferencia debe incluir el destinatario, que es la AFIP, con la leyenda “RRA27743” y el CUIT/CUIL/CDI del contribuyente en el campo 70 del mensaje Swift MT 103. También deben detallar la cuenta de destino, el monto a pagar y los gastos asociados.
  • Crear el VEP: Desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos, se debe seleccionar la opción para Transferencia Bancaria Internacional e identificar el banco receptor.
  • Informar al banco sobre el VEP: Se deben proporcionar datos como el número de VEP, CUIT, CUIL o CDI. Es crucial asegurarse de que el VEP se pague antes de la fecha límite establecida.
  • Verificar la acreditación: El contribuyente debe confirmar que el pago ha sido acreditado en el banco argentino.
  • Efectivización del pago: El banco procesará el pago del VEP, el cual será válido hasta 24 horas después de su generación.
  • Confirmar el pago: Finalmente, el contribuyente debe verificar que el VEP se haya registrado correctamente desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos.
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Esta nueva medida está orientada a quienes se inscriban en el Régimen Especial de Regularización de Activos.

Esta nueva medida está orientada a quienes se inscriban en el Régimen Especial de Regularización de Activos.

Las aclaraciones de AFIP para la Regularización de Activos

La AFIP introdujo nuevas aclaraciones respecto al Régimen de Regularización de Activos (blanqueo), el cual está regulado por la Ley 27.743, Título II, y por el Decreto 608/24, además de la Resolución General 5.528.

Con la reciente Resolución General 5.561, se realizaron varias modificaciones importantes. En primer lugar, se añadió un párrafo al artículo 20 de la RG 5.528 que especifica que, para los monotributistas, la tenencia declarada voluntariamente dentro del blanqueo no será considerada como antecedente para la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente en relación con los períodos anteriores a dicha declaración.

Además, la nueva norma incluye cambios respecto a los documentos necesarios para demostrar la titularidad y el valor de los bienes regularizados. Estos ajustes abarcan la presentación de constancias fehacientes y toda la documentación requerida para validar la información declarada en el blanqueo.

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