ARCA: cómo volver a ser monotributista luego de haberse dado de baja

Sociedad

Si deseas inscribirte en el Régimen Simplificado, acá te explicamos los pasos a seguir para hacerlo correctamente.

A pesar de la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), decisión tomada por el Gobierno Nacional, el nuevo organismo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ha mantenido algunas de las normativas relacionadas con los monotributistas.

Esto significa que aquellos contribuyentes que se hayan dado de baja o hayan sido excluidos por cualquier motivo, podrán reincorporarse al Régimen Simplificado, pero deberán cumplir con ciertos requisitos establecidos por la nueva agencia.

Además, se conservan otras regulaciones sobre el pago de cuotas, saldos pendientes y otras gestiones administrativas. Si fuiste excluido o decidiste darte de baja, deberás completar el trámite correspondiente para volver a ser parte del sistema con las nuevas disposiciones. Descubrí todos los detalles a continuación.

Los motivos por los que ARCA puede dar de baja el monotributo

De acuerdo con las normativas del nuevo organismo, el ARCA, no solo aquellos que decidan dar de baja su monotributo por razones económicas o cambios en sus actividades podrán ser excluidos, sino también los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales.

Por esta razón, para evitar inconvenientes, es esencial realizar la facturación correspondiente y mantener actualizada la categoría del monotributo según corresponda.

Además, se reitera que el pago puntual de las cuotas es vital para evitar la baja del régimen. Si se alcanza una deuda equivalente a diez meses de cuotas impagas, se procederá a cancelar la adhesión al sistema.

Cómo volver a ser monotributista en ARCA

Si un contribuyente decide renunciar al monotributo o si el organismo tributario lo excluye, podrá volver a inscribirse en el Régimen Simplificado. Sin embargo, deberá esperar un período de tres años desde la fecha de su baja, siempre que haya sido dado de baja por haberse inscripto como responsable inscripto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la misma actividad.

Por otro lado, si la baja se produjo debido al cese de actividades, el contribuyente podrá reactivar su inscripción en el monotributo en cualquier momento, sin tener que esperar el plazo de tres años.

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